Procesos de nulidad, no de anulación, más veloces y manteniendo el rigor

Dos cartas del papa Francisco en forma de ‘Motu proprio datae’ con el nombre de Mitis Iudex Dominus Iesus y Mitis et Misericors Iesus, han sido presentados este martes en la Sala de prensa de la Santa Sede. Ambos se refieren a la reforma del proceso canónico sobre las causas de declaración de nulidad matrimonial.image
“No es lo mismo la nulidad que la anulación de un matrimonio”, indicó el cardenal Cocopalmeiro. La Iglesia –como es sabido– no acepta el divorcio, en cambio sí estudia los casos en los cuales se realizó el matrimonio con motivos que lo vuelven inválido, como la coerción. Para ello realiza un proceso judicial que debe decidir si existe nulidad matrimonial o menos. El problema más pastoral en cambio consiste en volver más veloces los procesos.
Los tres puntos de la reforma son:
– la composición de los tribunales, que puede incluso ser constituido por un solo obispo diocesano;
– no se necesita la doble sentencia; y ya con la primera no es necesario que pase automáticamente a la segunda sentencia. Puede haber sí, un segundo apelo, pero si por finalidades dilatorias es descartado;
– los procesos serán más breves.
Por su parte el exarca apostólico de Atenas, para los católicos griegos de rito bizantino, Mons. Dimitros Salachas preguntó por qué dos motu proprio.
Primero, porque son los dos pulmones de la Iglesia, la oriental y occidental que el papa Francisco ha querido respetar: una única fe y diversas perspectivas. Además porque es necesario saber lo qué se propone a los hermanos ortodoxos en caso de logre la unidad en materia de matrimonio. Porque la Iglesia católica está firme sobre la indisolubilidad, y no sigue las interpretaciones de las iglesias ortodoxas. En los países de Oriente Medio la mayoría de los matrimonios son mixtos añadió, y el exarca lamentó que “hemos perdido a muchos católicos por la lentitud de los procesos”.
Mons. Luis Ladaria Ferrer, S.J. Secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe, subrayó que reglas son las mismas para la iglesia oriental y occidental, y para que los matrimonios sean válidos es necesario la ausencia de impedimentos, como la observancia de la forma canónica; y el libre consentimiento de quienes se van a casar.
Entretanto como motivos de nulidad –prosiguió Mons. Luis Ladaria Ferrer– hoy existe algo que antes se daba por descontado en nuestra civilización: el de estar abierto a la transmisión de la vida, sobre lo cual lo hoy ha surgido la duda. Y si el consentimiento dado para el matrimonio haya tomado esto en consideración, lo que contrariamente lo volvería nulo.

Mons. Alejandro W. Bunge señaló un proceso más rápido, partiendo de cómo se plantea la causa. “El juez es el obispo –explicó– el cual se apoya para conocer los hechos en dos asesores con los cuales discute previamente sobre la certeza moral de los hechos adoptados para la nulidad matrimonial”. Así, “si el obispo llega a la certeza moral, él pronuncia la decisión, contrariamente envía la causa al proceso ordinario”.
Esto hará que el apelo se vuelva raro, y si se considera que se está apelando “con fines meramente dilatorios e instrumentales, el apelo podrá ser rechazado a limine”. El proceso ordinario deberá durar al máximo un año, y además de la abolición de la doble sentencia, si la sentencia es afirmativa no apelada, ipso facto se vuelve ejecutiva.
El padre Nikolaus Schoch, por su parte indicó que el ‘motu proprio’ reitera la tarea del defensor del vínculo para proponer todo tipo de pruebas, por excepción, recursos y apelos que respetando la verdad favorezcan la defensa del vínculo, sea en las causas de nulidad del matrimonio que en la disolución del matrimonio rato pero no consumado.
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