De los magistrados que se opusieron a la sentencia favorable del Tribunal Constitucional al matrimonio homosexual, Andrés Ollero objeta de forma más diáfana y clara. Además de las lógicas objeciones jurídicas, muestra que detrás de esta decisión se esconde una teoría filosófica, impulsada por el “radicalismo individualista”, y jurídica, que se rige por la “evolución interpretativa” de las leyes, que considera errónea. Destaca la relevancia social con que cuenta la unión conyugal y denuncia que la norma coloca los derechos individuales por encima de los que tienen las instituciones, aunque existieran soluciones en las cuales no había colisión ninguna.
Por ello, propone que no se declare constitucional lo que no lo es; para poder admitir el llamado ‘matrimonio homosexual’, tendría que cambiarse el propio texto de la Carta Magna. Esta reforma por la puerta de atrás le quita todo sentido a lo que significa el matrimonio, que solo conserva una de las tres características con que contaba en un principio: se cedió con la indisolubilidad y la heterosexualidad, falta la monogamia. Y concluye que el respeto a una u otra orientación sexual no obliga a que se le dé el mismo marco a todas, ya que no se trata solamente de una cuestión de derechos, sino de “relevancia jurídico-institucional”.
Ollero regala claridad expositiva, otra vez; argumentos meriodianos, otra vez, y, otra vez, el imprescindible volver la mirada a la ley natural para que el relativsmo no acabe haciendo insoslayable la brecha entre lo moral y lo justo.