El Tribunal Europeo de Justicia obliga a Alemania a conceder asilo a dos ciudadanos de Pakistán por persecución religiosa. La sentencia desmonta la tesis de que la discriminación puede ser aceptable si a la persona se le permite practicar su fe en el ámbito privado, aunque no pueda hacerlo en público. Es la ocasión de subrayar que la libertad religiosa afecta al derecho a educar y a vivir según las propias convicciones, en público y en privado. Y éste es un derecho sistemáticamente conculcado, también en Europa. A nadie se le condena por convertirse al cristianismo, como sucede en algunos países, pero sí se vulnera la libertad de conciencia o se limita la presencia pública de la fe.
Precisamente estos días, otra Corte, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, estudia las denuncias de cuatro cristianos británicos que han sufrido problemas laborales por fidelidad a su conciencia. Se trata de una azafata, despedida por negarse a ocultar un crucifijo al cuello, y de una enfermera que tuvo un problema similar. Los otros dos casos son el de una funcionaria que se negó a inscribir a una pareja del mismo sexo, y el de un consejero matrimonial que rehusó atender a este tipo de parejas. El Tribunal ha decidido estudiar las cuatro denuncias de forma conjunta. Esto sucede en un contexto de creciente intromisión de los Estados en Occidente en temas de moral. La pregunta es dónde están los límites.Fuente: Análisis digital.09/09/12