El Papa, los sacerdotes y el pecado

Tribuna de Tomás Trigo, profesor de la Facultad de Teología de la Universidad de Navarra, publicada en El Español, con motivo de la Carta Apostólica “Misericordia et Misera”.
Este lunes ha sido presentada por monseñor Rino Fisichella, presidente del Pontificio Consejo para la Promoción de la Nueva Evangelización, la Carta Apostólica del Papa Francisco Misericordia et misera, que señala el final del Jubileo Extraordinario de la Misericordia.

Aunque la Carta Apostólica es interesantísima en muchos aspectos, hay uno que ha despertado de modo especial la atención de los lectores: “De ahora en adelante -afirma el Papa en el n. 12- concedo a todos los sacerdotes, en razón de su ministerio, la facultad de absolver a quienes hayan procurado el pecado de aborto”, algo que el Papa había concedido de modo limitado para el período jubilar.

Algunos se preguntan qué supone este cambio y qué consecuencias tiene. Una respuesta breve es la siguiente: a partir de ahora no es necesario recurrir al obispo diocesano para recibir la absolución de la pena de excomunión por el delito de aborto, img_1795sino que basta con acudir a cualquier sacerdote que tenga permiso para confesar.

EL PAPA TRATA DE FACILITAR LAS COSAS PARA ALCANZAR EL PERDÓN POR UN PECADO QUE SIGUE TENIENDO LA MISMA GRAVEDAD
¿Por qué ha tomado el Papa esta decisión? Podemos responder con sus propias palabras: “Para que ningún obstáculo se interponga entre la petición de reconciliación y el perdón de Dios” (n. 12). Se trata de facilitar las cosas para alcanzar el perdón por un pecado que sigue teniendo la misma gravedad de siempre. El Papa lo deja muy claro en el mismo número 12 de su Carta: “Quiero enfatizar con todas mis fuerzas que el aborto es un pecado grave, porque pone fin a una vida humana inocente”.

Al mismo tiempo y con la misma fuerza, Francisco afirma que “no existe ningún pecado que la misericordia de Dios no pueda alcanzar y destruir, allí donde encuentra un corazón arrepentido que pide reconciliarse con el Padre. Por tanto, que cada sacerdote sea guía, apoyo y alivio a la hora de acompañar a los penitentes en este camino de reconciliación especial” (n. 12).

Para comprender mejor la decisión del Papa y sus consecuencias, interesa recordar las disposiciones de la Iglesia respecto al pecado del aborto y la pena que lleva consigo.

LA IGLESIA ESTABLECE QUE LA PERSONA QUE PROCURA EL ABORTO, SI ESTE SE PRODUCE, INCURRE EN LA PENA DE EXCOMUNIÓN
La Iglesia establece que la persona que procura el aborto, si este se produce, incurre en la pena de excomunión latae sententiae, es decir, que se coloca fuera de la comunión de la Iglesia. Imponer una pena de este tipo, que puede parecer poco caritativo o poco pastoral, tiene precisamente una finalidad de caridad pastoral: proteger al Pueblo de Dios, de modo que toda la comunidad eclesial conozca la gravedad de esta conducta y se evite más eficazmente.

Sin embargo, para incurrir en esta pena se requieren ciertas condiciones: mayoría de edad (18 años cumplidos); saber que se trata de un pecado grave; saber que existe tal pena eclesiástica; que el acto se realice con plena voluntariedad; y que de hecho se haya producido el aborto.

Hasta ahora, cuando una persona que había realizado un aborto o había ayudado en un aborto pero no había incurrido en excomunión (porque faltaba alguna de las condiciones señaladas), cualquier sacerdote con licencias tenía capacidad para absolver el pecado dentro de la confesión sacramental.

AHORA EL PENITENTE YA NO NECESITA IR AL OBISPO O A UN SACERDOTE DELEGADO PARA SER ABSUELTO DE LA EXCOMUNIÓN
En cambio, si la persona había incurrido en excomunión, de modo ordinario solo podía ser absuelta por el obispo y por los sacerdotes delegados por él.

Solo si el penitente se encontraba en una “situación urgente”, cualquier sacerdote con licencia para confesar podía absolver de esa censura de aborto en ese caso concreto y solo en ese caso.

Pues bien, ahora, según lo dispuesto por el Papa en su Carta Apostólica Misericordia et misera, el penitente ya no necesita ir al obispo o a un sacerdote delegado para ser absuelto de la pena de excomunión y poder confesarse, sino que puede acudir a cualquier sacerdote con permiso para confesar, y no solo en casos de situación urgente, sino siempre.

EL PAPA BUSCA QUE EL SACRAMENTO DE LA RECONCILIACIÓN VUELVA A OCUPAR UN PUESTO CENTRAL EN LA VIDA CRISTIANA
Esta disposición del Papa se sitúa en un contexto concreto: la necesidad de que el sacramento de la reconciliación vuelva “a encontrar su puesto central en la vida cristiana”. Para conseguir esta finalidad, el Papa, en primer lugar, suplica a los sacerdotes que pongan su vida al servicio del ministerio de la reconciliación, “para que a nadie que se haya arrepentido sinceramente se le impida acceder al amor del Padre, que espera su retorno, y a todos se les ofrezca la posibilidad de experimentar la fuerza liberadora del perdón” (n. 11). Y en segundo lugar, en virtud de esa misma necesidad, a fin de evitar obstáculos al que pide la reconciliación y el perdón de Dios, concede a todos los sacerdotes la facultad de absolver el pecado de aborto.

El contexto profundo tanto de esta decisión como de otras que aparecen en la Carta Apostólica, pienso que es, sin duda, la necesidad de que todos conozcamos mejor y experimentemos en nuestro corazón la maravillosa grandeza de la misericordia del corazón de Dios.

Tomás Trigo es profesor de Teología Moral en la Facultad de Teología de la Universidad de Navarra.

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