¿Puede entrar el aborto en la Carta de Derechos Fundamentales de la UE?

No. El Parlamento europeo pide algo que no puede conseguir

Fuente: Bioética Blog.-El 7 de julio 2022, el Parlamento Europeo votó una resolución para «condenar enérgicamente» la sentencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos sobre el aborto en el caso Dobbs v. Jackson Women’s Health Organization, y pedir la inclusión del «derecho al aborto» en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

A pesar de no ser una resolución inusual, esta resolución ha recibido mucha atención en los medios de comunicación. Hace menos de un mes, el Parlamento Europeo aprobó una resolución similar en la que condenaba por adelantado la próxima sentencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos y pedía la inclusión de un «derecho al aborto» en la Carta.

Cada vez que se discuten las restricciones al aborto en el mundo, el Parlamento Europeo vota resoluciones al respecto. Estos textos se refieren a países fuera de Europa; no son leyes, ni son vinculantes. Se trata más bien de la opinión mayoritaria de los eurodiputados. El Parlamento Europeo pierde tiempo y dinero debatiendo y enmendando declaraciones que tienen muchas páginas y que deben ser traducidas a más de 20 idiomas tras su publicación. En la última resolución, hubo muchas tonterías y argumentos de copiar y pegar de resoluciones anteriores, lo que no hace que parezca muy seria a los eurodiputados.

La petición del Parlamento Europeo de incluir el derecho al aborto en la Carta de Derechos Fundamentales no tiene sentido, por tres razones, tres razones que no tienen nada que ver con el debate fundamental sobre el aborto:

  1. Para modificar esta Cartadebe haber unanimidad. Todos los Estados miembros de la UE deben firmarla y ratificarla, incluidos varios Estados como Polonia, Hungría, Malta, Chipre que se oponen a la idea.
  2. Esta modificación sería incompatible con la propia Carta. La Carta se aplica cuando los Estados miembros aplican la legislación de la UE y no puede ir más allá de las competencias de la UE (artículo 51). Como señaló la Comisión Europea una vez más el año pasado, el aborto es un asunto de los Estados miembros, ya que forma parte de la política sanitaria, que no es competencia de la UE.
  3. Desde el punto de vista jurídico, si se examinan todos los tratados y sistemas de derechos humanos del mundo, en ningún lugar el aborto es un derecho. Hay un «derecho a la vida», que está protegido, incluso hay una protección internacional de los niños antes de nacer. Pero no hay derecho al aborto, porque tal derecho es incompatible con los Derechos Humanos.

Por estas tres razones, la demanda del Parlamento Europeo no tiene sentido y está condenada al fracaso.

La mejor prueba de ello es la inacción de Emmanuel Macron en este tema durante la presidencia francesa de la Unión Europea. En enero de 2022, prometió incluir el aborto en la Carta de Derechos Fundamentales. 6 meses después, al final de la presidencia francesa, ni siquiera intentó cumplir esta promesa. Por supuesto, en enero ya sabía que su promesa era una farsa. Al hacer esta promesa, Macron se burló de los europeos y de los medios de comunicación, la mayoría de los cuales recogieron esta promesa de forma acrítica. Pero no era posible cumplir esta promesa, por las tres razones que hemos explicado, y son tres razones que el Sr. Macron conoce perfectamente.

Con motivo de estos debates, Grégor Puppinck, director del ECLJ, participó en una conferencia en el Parlamento Europeo para recordar a los eurodiputados algunas verdades sobre el aborto y los derechos humanos, y especialmente para señalar la mentira fundamental sobre el aborto. Lea su intervención aquí, o vea su intervención en inglés

Traducción propia de Abortion in the Charter of Fundamental Rights of the European Union?