MADRID · 14 DE JUNIO DE 2021 · 17:44 CET Una imagen del sitio web de transmisión en línea de Revelation TV.
La Audiencia Nacional ha decidido retirar una multa de 6.000 euros impuesta al canal de televisión por cable Revelation TV .
En septiembre de 2017,la estatal Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) dijo que la emisora por cable con sede en el Reino Unido había atacado la dignidad del colectivo homosexual y transgénero en uno de sus programas de entrevistas.
La denuncia había sido registrada por un particular a domicilio en España tras la emisión de un programa en el que un pastor evangélico hacía comentarios que “podían considerarse una amenaza contra la dignidad del colectivo homosexual y transgénero, aunque el canal a cargo del programa no incitaba expresamente al odio contra esas comunidades”, inscribió la CNMC en un comunicado en junio de 2018 al anunciar la multa.
Después de enterarse de la sanción, Revelation TV expresó su intención de apelar a la Audiencia Nacional, como su Director, Gordon Pettie, dijo a este sitio web de noticias. Ahora el máximo tribunal de España ha anunciado que está de acuerdo con la emisora cristiana y anula la multa.
No incitación al odio
La magistrada del alto tribunal de este caso fue Felisa Atienza Rodríguez, quien subrayó que incluso la CNMC admitió que el canal no había incitado al odio, y que tanto la ministra cristiana como la emisora actuaron bajo la protección del derecho a la libertad de expresión..
“Las expresiones utilizadas por el pastor no pueden ser consideradas un ataque contra la dignidad humana o contra los valores constitucionales”, dijo el juez, ya que se hicieron “en el contexto de un programa de opinión, con una ideología cristiana (…) sin emitir opiniones que incitaron al odio,expresando ideas en torno a los temas controvertidos de la identidad sexual de los niños”.
Estas posiciones, añadió el fallo, “pueden no ser compartidas por todos en la sociedad, pero sí responden al ejercicio de la libertad de expresión de acuerdo con una perspectiva religiosa sobre el tema, y al ejercicio de otro derecho fundamental que es la libertad ideológica o religiosa”.
La crítica no es odio, dice el juez
La libertad de expresión, dicen los jueces de la Audiencia Nacional, “permite criticar ideas o posiciones con las que alguien no está de acuerdo, y estas observaciones negativas no pueden describirse como un ataque a la dignidad humana de las personas que no comparten estas ideas. Hay que tener en cuenta el contexto en el que se expresaron estas ideas, y el hecho de que en ningún momento incitan al odio contra el colectivo homosexual o transgénero”.
En 2018, Revelation TV le dijo al sitio web de noticias español Protestante Digitalque apelarían. “No creemos que durante el programa se dijo nada que no esté ya en la Biblia“, dijo entonces Gordon Pettie. “Por lo tanto, creemos que no somos culpables” de homofobia, añadió, al tiempo que expresó su certeza de que el tribunal estaría de acuerdo con ellos, como ha ocurrido ahora.
“Somos televisión cristiana que nació hace diecisiete años, que pertenece a una organización sin ánimo de lucro”, dijo Pettie. “Hablamos de todo tipo de temas desde una perspectiva cristiana, tenemos música de culto, estudios bíblicos,predicaciones… Todo lo que cabría esperar en una televisión cristiana“, dijo. La emisora es una organización miembro de la Alianza Evangélica Reino Unido (EAUK).
Publicado en: Evangelical Focus – europe – La Audiencia Nacional defiende la televisión cristiana: las opiniones sobre la homosexualidad no son discurso de odio