Clonación humana, desde que Cebelli y col comunicaron que por primera vez había clonado un embrión humano se han llevado a cabo diversos intentos de clonación humana
Valoración ética del uso de ovocitos en la transferencia nuclear somática humana.
La transferencia nuclear somática humana (SCNT) acrónimo de su denominación en lengua inglesa, somatic cell nuclear transfer, (clonación en lenguaje coloquial), tanto con fines reproductivos como terapéuticos, tienen objetivas dificultades éticas, la principal de ellas es que se cosifica al embrión humano producido, se le instrumentaliza, lo que va en contra de la dignidad que por su propia naturaleza humana intrínsecamente posee.
Pero otro problema ético, de la SCNT (clonación), es el gran número de ovocitos que se requieren para llevarla a cabo, por lo que su obtención puede atentar contra la dignidad de la donante, no solamente por instrumentalizarla, sino también porque la hiperestimunlación ovárica necesaria para facilitar la producción de un número importante de ovocitos puede traer objetivos efectos secundarios para la salud de la mujer que dona los ovocitos, e incluso en ocasiones, aunque raras, la muerte. En relación con La dificultad ética de la manipulación de la mujer que dona los ovocitos, Ikamoto publica en Hasting Center Report (November-December 2014) un interesante artículo que reflexiona sobre ello. De dicho artículo tomamos algún párrafo, junto con nuestros propios comentarios.
Visión retrospectiva
Desde que Cebelli y col comunicaron que por primera vez había clonado un embrión humano (Journal Regener Medical 2; 25, 2001) se han llevado a cabo diversos intentos de clonación de humanos, pero parece que el primer intento científicamente aceptable es el del equipo de Mitalipov, que publicaron un trabajo en Cell (153; 1228-1238,2013) en el que manifestaban que habían podido producir blastocistos humanos por SCNT.
En 2014 se ha publicado otro artículo del grupo de Egli (Nature 510; 533-536,2014) en el que se afirma que a partir de células de piel de un recién nacido y de una mujer adulta que padecía diabetes de tipo 1, obtuvieron células pluripotentes de las que derivaron células beta- pancreáticas productoras de insulina.
También en 2014, se ha publicado en Cell Stem Cell un nuevo artículo (14; 777-80,2014) en el que se comenta que un equipo de Medicina Regenerativa de los Ángeles, utilizando células de piel de dos varones de 35 y 75 años, consigue generar blastocistos humanos.
En los tres trabajos de los blastocistos producidos se pudieron derivar células madre embrionarias.
Desde un punto de vista biomédico tres importantes trabajos, pero los tres con indudables problemas éticos.
Como ya se ha comentado, no es el menor la instrumentalización de las donantes de ovocitos. Como se refiere en el artículo de Ikamoto “la necesidad de utilizar ovocitos humanos puede dificultar futuras investigaciones”, pues en los tres trabajos comentados se utilizaron 512 ovocitos para producir únicamente cuatro líneas de células madre embrionarias.
Esta baja eficiencia hace que se requiera mejorar la técnica para tratar de evitar que se necesite utilizar tan elevado número de ovocitos.
Según comenta Ikemoto, las leyes que regulan la donación de ovocitos son diferentes en los tres estados en los que se han llevado a cabo estas prácticas. En Oregón, no existe ninguna regulación legal para obtener ovocitos, tanto con fines reproductivas (fecundación in vitro), como experimentales. En Nueva York se permite retribuir económicamente a las mujeres que donan ovocitos con fines experimentales siguiendo lo estipulado por la Sociedad Americana de Medicina Reproductiva (ASRM) sobre la retribución de estas prácticas. Incluso se especifica que a las mujeres se les puede retribuir con 8000 dólares, aunque la ASRM estipula que cuando la retribución a la donante sobrepasa los 5.000 dólares, debería justificarse, y que las retribuciones por encima de 10.000 dólares no son apropiadas.
Los investigadores de California afirman que se adhieren a lo estipulado por la ASRM, pues en ese estado no existen leyes que regulen la donación.
Sin embargo, muchos investigadores estiman que tener que retribuir a las mujeres que donan los ovocitos puede ser un inconveniente para el desarrollo de muchas investigaciones.
Lo que sí que parece mayoritariamente aceptado, es que se establezcan una normas claras para la donación de ovocitos, que sean similares en los tres estados en los que se desarrollan estas investigaciones, pues si no puede dar lugar a hechos tan lamentables como los que ocurrieron con las experiencias de clonación humana de Woo Suk Hwang, el investigador coreano que manifestó haber clonado por primera vez embriones humanos, pero después se comprobó que sus investigaciones habrían sido fraudulentas. Pero lo más interesante, en relación con el tema que estamos tratando, es que la primera denuncia hecha contra Woo Suk Hwang no fue por falsificar su trabajo, sino porque se presumía que podía haber presionado a sus becarias para la obtención de ovocitos, ya que sus experiencias requirieron el uso de 2.221 ovocitos y solamente pagó 1.445 dólares por ellos, lo que indudablemente presupone que la gran mayoría no fueron remuneradas.
La necesidad de obtener ovocitos humanos se ha incrementado al ponerse en práctica la transferencia mitocondrial, para prevenir la transmisión de enfermedades mitocondriales.
Esta necesidad de uso de ovocitos humanos ha inducido a las autoridades sanitarias del Reino Unido a legalizar la hibridación entre óvulos animales y células somáticas humanas, para tratar de evitar el uso de ovocitos humanos en las experiencias de transferencia nuclear somática (clonación), pero indudablemente esta práctica tiene por si misma otros graves problemas éticos.