LOMCE: falta subsidiariedad

Página Digital.José Javier Rodríguez29/05/2013
El proyecto de Ley Orgánica comienza diciendo en su primera línea que “los alumnos son el centro y la razón de ser de la educación.” Esta afirmación contrasta con el inicio de la LOE 2/2006: “las sociedades actuales conceden gran importancia a la educación que reciben sus jóvenes”. Ante estas dos aseveraciones se deriva una oportuna pregunta: ¿qué es más importante la sociedad o la persona? ¿Qué prima en educación el bien social o el bien de la persona humana? Es más, a continuación procede preguntarse otra cuestión, cuando se habla de la educación de un menor de edad, ¿quién es el responsable de esta educación?

La perspectiva de la persona y el enfoque social son complementarios y no excluyentes. Vivimos en comunidad, nacemos en una familia… Además, otra de las aclaraciones, que han de ser resueltas antes de analizar una ley educativa, estriba en establecer sobre quién recae la competencia, la responsabilidad y el deber de educar a las nuevas generaciones. Entre los muchos tratados internacionales que ha firmado España voy a citar el más reciente, La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Este documento en su Art. 14.3 se reconoce “la libertad de creación de centros docentes dentro del respeto de los principios democráticos, así como el derecho de los padres a garantizar la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas.” Padres por un lado y la iniciativa social por otro, son los ejes sobre los que debe pivotar una reforma educativa.
En el proyecto LOMCE en su Exposición de Motivos, apartado II, reconoce que “los padres son los primeros responsables de la educación de sus hijos. El sistema educativo tiene que contar con la familia y confiar en sus decisiones.” Si bien, el Foro de la Familia, a través de su presidente D. Benigno Blanco, pidió que esta declaración de intenciones se hiciera expresa en el articulado. Sería muy interesante que el artículo 1, que establece los principios del Sistema Educativo, recogiera el pleno respeto a la libertad de educación, al derecho constitucional de los padres a elegir la educación que desean reciban sus hijos, al derecho a crear centros docentes y a la autonomía de los centros, sean estos públicos o de iniciativa social, para favorecer los proyectos pedagógicos singulares en libre competencia y con total transparencia sobre los resultados académicos obtenidos.
Llama la atención que los pedagogos y los legisladores al contemplar una escuela se olviden de un hecho fenomenológico innegable. Acudamos a una escuela hoy, a una escuela de infantil y de primaria, y observemos. En todo colegio, sea este público o de iniciativa social, se repite un hecho que se constata en todas las partes del mundo. Cientos de padres acuden con sus hijos a la escuela todos los días y, después, se despiden de ellos con grandes muestras de afecto. La algarabía del inicio de las clases se transforma posteriormente en un silencio respetuoso del trabajo. Lo mismo ocurre al final de la jornada. Los padres se acercan a recoger a sus hijos después del día de trabajo con la esperanza de que hayan aprovechado y adquirido nuevas destrezas y aprehendido a ser mejores personas.
El principio de subsidiariedad y solidaridad
¿Por qué sólo los que tienen recursos económicos pueden acceder a ciertos modelos de enseñanza obligatoria que sólo se implementan en escuelas privadas no concertadas? La solidaridad de una nación en el ámbito de la educación se basa en que todos puedan tener las mismas oportunidades de acceso a las diferentes opciones educativas. Parece, que éste principio sólo se va a aplicar en una parte del estado por cuestiones de opción de la lengua vehicular. Sin embargo todas las familias, independientemente de sus recursos económicos, deberían poder optar por el modelo educativo que más se adecúe al estilo educativo de su hogar.
Según nos indica Rivas Borrel (2007) en la educación rige el principio de complementariedad que “se identifica con el principio de subsidiariedad en educación Desde esta perspectiva, la cooperación que ofrece la escuela no debe implicar ni una apropiación de funciones por parte del centro, ni un olvido de las tareas educativas y formativas de los hijos por parte de los padres.” [1]
La Administración Educativa, en consonancia con el principio de subsidiariedad de las administraciones públicas y sin más limitación que el estricto cumplimiento de la normativa aplicable, debería primar, respetar y facilitar la libertad real de apertura de centros de iniciativa social.

Además, el Estado tiene derecho y la obligación de crear un servicio público de enseñanza en condiciones de igualdad y de calidad [2]. Sin embargo, ni la escuela pública es la única escuela que presta un servicio de interés general ni la enseñanza privada es la segundona. Ambas forman parte del entramado educativo de un estado democrático y libre y subsidiario en el que los padres, alumnos y profesores puedan optar por un modelo en libertad que conlleve el hacerse copartícipes y responsables de la educación y de la enseñanza.
Un pequeño espacio para la libertad y la responsabilidad
Estoy convencido de que al adolescente que se le da a elegir su futuro, si se le ayuda en este proceso de elección con una tutoría personal adecuada y un asesoramiento a los padres para que puedan acompañar a sus hijos en su decisión, se implicará con más esfuerzo y responsabilidad en los estudios, sean estos prácticos o teóricos, lo que conllevará una reducción del fracaso y del abandono escolar.
Además, la evaluación externa de los centros mediante pruebas objetivas de las competencias básicas y su publicidad, involucrará a toda la comunidad educativa, profesores, familias y equipos directivos para que los centros despierten estado de letargo en el que han vivido durante el periodo de igualdad homogeneizadora del sistema monolítico impuesto por la LOGSE.
Asimismo, realzar y dar competencias a los directores de los centros de titularidad pública, rindiendo cuentas ante el consejo escolar del propio centro, marcará un antes y un después de la Escuela Pública. El liderazgo educativo y humano de algunos profesores hará, y estoy seguro que así será, más atractiva y diversificada la oferta pública y facilitará la creación de una red de centros públicos de referencia por su adecuación a su contexto socio-económico, por su continua innovación educativa y por la constante búsqueda de recursos económicos y humanos para enriquecer el proyecto educativo del centro público.
La actitud de la oposición
Llama a atención el sectarismo y el sofisma mediático con que un representante político ha criticado una ley de educación por incluir la religión como una asignatura optativa, evaluable e integrada en el expediente académico del alumnos. Si mal no recuerdo, fue él y sus compañeros de gobierno quienes impusieron una materia cuyo currículo desarrollaba los contenidos de “la religión del estado laicista” como obligatoria en todo el territorio nacional: EpC.
Así, se echa de menos grandeza democrática en algunos partidos del arco parlamentario para que se reconozca a los padres como los titulares del derecho de educación de sus hijos. Se echa de menos que no se confíe en la autonomía de los equipos directivos de los centros públicos y de la capacidad de los docentes para el desarrollo del currículo y en la elección de los métodos de enseñanza apropiados al contexto escolar del centro de enseñanza. Se echa de menos, también, que la mayoría de nuestros los políticos hayan confundido la educación con la socialización y hayan olvidado un elemento esencial del proceso: la enseñanza.

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