La Organización Internacional del Trabajo (OIT) hizo público este martes, 13 de mayo, el informe ‘La maternidad y la paternidad en el trabajo: Legislación y práctica en el mundo’ (versión íntegra en inglés), en el que, entre otras cuestiones, denuncia que España es uno de los tres países europeos, junto aLituania y Rumanía, donde ha detectado presiones a las trabajadoras embarazadas para que renuncien a sus derechos laborales.
El informe actualiza los datos de 2005 y 2010 y examina la legislación y la práctica a nivel nacional en materia de maternidad y paternidad en el trabajo de 185 países y territorios y el grado de cumplimento con las normas de la OIT sobre maternidad y responsabilidades familiares.
El documento también señala que 830 millones de mujeres en todo el mundo no tienen suficiente protección de la maternidad y alude a la discriminación; y concluye que en la última década muchos países han incorporado en su legislación los principios de protección de la maternidad y de apoyo a los trabajadores con responsabilidades familiares, pero aún queda mucho por hacer. “A pesar de los progresos generales, la discriminación de la maternidad persiste en todos los países”, advierte.
La OIT desvela que el 80% de esas mujeres sin cobertura adecuada a la maternidad residen en África y Asia. En esos mercados laborales es mayor la prevalencia de trabajo informal. También para estas trabajadoras los índices de mortalidad materna e infantil siguen siendo elevados.
Asimismo, añade el trabajo, “es preciso distinguir entre cuántas trabajadoras tienen el derecho legal a la protección de la maternidad, y cuántas la aprovechan en la práctica”.
En este sentido, hay ciertos sectores con mayores dificultades de aplicación de esos derechos, que según la OIT son las trabajadoras autónomas; las domésticas (la organización calcula que 15,6 millones de empleadas del hogar carecen del derecho legal a la protección de la maternidad); agrícolas; mujeres que realizan un trabajo atípico (a tiempo parcial, temporario o eventual); mujeres de pymes y trabajadoras migrantes.
Otra cuestión que aborda el informe es el permiso de paternidad. La OIT insta a los gobiernos “a formular políticas adecuadas que permitan equilibrar mejor las responsabilidades laborales y familiares e incluir la licencia de paternidad y/o parental”.
“Tácticas de presión”
Volviendo a España, el informe indica que la falta de legislación que facilite la conciliación es la causante de que solo el 55% de las mujeres se reincorporan al trabajo a tiempo completo tras el permiso de maternidad.
El 7% renuncia a seguir trabajando; el 3% lo pierde y el 35% se reduce la jornada, advierte Laura Addati, coatura del estudio, que identifica, a partir de causas judiciales y de fuentes sindicales, que en España, Lituania y Rumanía se producen “tácticas de presión a trabajadoras embarazadas y madres recientes, como el acoso, para inducirlas a renunciar”.
La OIT también denuncia “la dificultad de determinar el alcance de los despidos y de la discriminación en el empleo por razón de la maternidad”. “Los estudios son limitados”, dice.
Addati también subraya la importancia de introducir políticas “favorables a la familia” para evitar la salida de mujeres del mercado laboral. Una salida que “supone una enorme pérdida de recursos: una formación que no se aprovecha, unos impuestos fruto del trabajo que se dejan de ingresar y un gasto en prestaciones si las necesitan”, concluye.
Por su parte, según informaba este martes el diario El País, el abogado y experto en cuestiones laborales Sergio Maldonado, del Colectivo Ronda de Barcelona, explica que en los últimos tiempos el despacho “recibe más consultas de trabajadoras que reciben presiones”.
“Como consecuencia de la crisis, los empresarios necesitan a menos gente y comienzan tanteando a las trabajadoras a ver si alguien no se quiere incorporar y se descuelga de su puesto de trabajo de forma pactada”, afirma.
Discriminación generalizada, salvo para LGBT
Sin embargo, a los datos publicados por la OIT sobre la discriminación de la mujer embarazada en España, cabría añadir que no es el único colectivo en situación precaria que es discriminado por su propia condición.
En ese sentido, se podría añadir la discriminación laboral a que se ven sometidos, sobre todo con la actual crisis económica, los hombres y mujeres de más de 50 años. Como también se podrían añadir los gitanos, después de tantos años en una situación absolutamente discriminatoria; los inmigrantes, y solo hay que ver la situación que atraviesan los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI), totalmente desbordados; los pobres, por el simple hecho de ser pobres, que por ejemplo en determinados establecimientos no pueden entrar por su condición; o las viudas, que a la pérdida del marido jubilado tienen que sumar la de una parte importante de la prestación que aquél cobraba en vida, cuando debería haber una cierta reciprocidad entre lo que han pagado a la Seguridad Social y lo que acaban cobrando.
Todas estas situaciones de discriminación flagrante y dura están prácticamente excluidas de la legislación española, o reciben un trato a todas luces insuficiente; aunque, sin embargo, hay una destacada excepción: las crecientes leyes autonómicas que privilegian al colectivo LGBT precisamente con el argumento de la no discriminación.
En ese sentido, cabe mencionar la aprobación en Galicia de una Ley de privilegios para el colectivo LGTBI que es una excepción en Europa. La norma discrimina al resto de la población en beneficio de personas lesbianas, gays, transexuales, bisexuales, intersexuales y transgénero en todas las áreas de la sociedad y subraya los derechos universales de un colectivo en lugar de atribuírselos a todos.
¿Soportaría esa ley la prueba de generalizar el trato que hace a los homosexuales en todos los demás grupos discriminados? A buen seguro que no.
Si los medios de comunicación, por ejemplo, tienen que tratar a LGBT con un especial respeto, imaginemos que también tuvieran que hacerlo con los otros colectivos discriminados, sus líneas editoriales se verían terriblemente condicionadas.
O que, al igual que se determinan en las empresas y administraciones cuotas en la ley de no discriminación para LGBT, es decir, un número de puestos de trabajo reservados exclusivamente para ese colectivo, tuviera que hacerse otro tanto para los otros colectivos discriminados. Sería sencillamente imposible, y a eso se le llama tener un privilegio.