La primera lo basa todo en el consentimiento; la segunda, en el propio deseo. La del “solo sí es sí” quiere luchar contra los actos de naturaleza sexual no consentidos, y exige que el consentimiento “se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”. La “ley trans” evita todo lo sexual (hasta los transexuales se quedan en “trans”) y orilla lo biológico para proclamar la libre autodeterminación de género. Lo importante es lo que sientes. La biología no cuenta.
¿Pero qué pasará si una mujer rechaza los intentos de ligue de un trans por el hecho de ser trans? Puede estar apegada a esa idea arcaica de que el sexo “asignado al nacimiento” no fue arbitrario, de modo que ella solo quiere salir con hombres con denominación de origen biológico. ¿O qué ocurrirá con una lesbiana que piensa que alguien con genitales masculinos no puede ser lesbiana?
Solo sí es sí. Pero ¿no estarán discriminando al transexual? Podrían estar incurriendo en lo que la “ley trans” califica de “discriminación directa”, es decir, situación en que se encuentra una persona que “sea tratada, en atención a su orientación sexual, identidad sexual, expresión de género o características sexuales, de manera menos favorable que otra en situación comparable”. O, peor aún, incurrir en “transfobia”, con la que se descalifica “toda actitud, conducta o discurso de rechazo, repudio, prejuicio, discriminación o intolerancia hacia las personas trans por el hecho de serlo, o ser percibidas como tales”.
¿El “solo sí es sí” le permitirá decir “no” sin explicaciones? ¿O tendrá que justificar su negativa demostrando que no hay rechazo ni repudio hacia los trans? Después de todo, la “ley trans” hace recaer la carga de la prueba sobre el acusado de discriminación. También es más molesto tener que explicar que ella no tiene nada contra los trans, pero piensa que uno no cambia de sexo solo con desearlo y que los hombres trans no lo son de verdad.
Si el consentimiento es el elemento decisivo en la ley del “solo sí es sí”, en la “ley trans” el deseo del interesado se impone a todos y obliga a muchos otros a cambiar su comportamiento hacia él, consientan o no.
Obliga a utilizar una neolengua (del tipo “personas trans con capacidad de gestar”); obliga a las mujeres a compartir espacios femeninos con varones que ahora se consideran mujeres; abre el deporte femenino a atletas trans de sexo biológico masculino; impone a las Administraciones públicas la obligación de impartir a su personal formación sobre diversidad sexual conforme a estas ideas; también se incluye entre los contenidos didácticos de las escuelas… Para nada se habla aquí de consentimiento ni por parte del personal, ni de los colegios, ni de las familias, ni de las mujeres…
En todo el texto de la proposición de ley se esconde un truco: identificar la no discriminación de los LGTBI con la aceptación de determinadas ideas de esas personas sobre la orientación y la identidad sexual. Pero la discriminación la sufren las personas, y cuando haya que corregirla, habrá que actuar sobre situaciones personales concretas, lo cual es muy distinto de compartir por ley sus ideas sobre la sexualidad.
El contraste entre el principio del consentimiento y el principio del deseo se aprecia incluso en el distinto modo de ver unas mismas prácticas en ambas leyes. Así, para el “solo sí es sí”, la mutilación sexual femenina se considera una violencia sexual prohibida (ya lo estaba antes). En cambio, si se trata de cambio de sexo, las “prácticas de modificación genital” se admiten ya en el caso de personas menores entre 12 y 16 años, “siempre que, por su edad y madurez, pueda consentir de manera informada a la realización de dichas prácticas”. Pero si por su madurez puede consentir en algo tan radical respecto a su sexualidad, no se entiende por qué el Código Penal sigue castigando las relaciones sexuales con menores de 16 años.
Tampoco el consentimiento tiene siempre la misma eficacia. Según la “ley trans”, el Sistema Nacional de Salud ha de ponerse al servicio del que quiere cambiar de sexo, con todos los tratamientos hormonales y quirúrgicos necesarios. En cambio, si lo que el paciente busca libremente es una ayuda médica para aclararse y superar ese desajuste entre su cuerpo y su autopercepción, esta ley tan liberal prohíbe tales prácticas, “incluso si cuentan con el consentimiento de la persona interesada”. Para ello utiliza la tendenciosa estratagema de etiquetar como “terapia de conversión” manipuladora cualquier acción terapéutica que pueda “modificar la orientación o identidad sexual o la expresión de género de las personas”. Aquí el consentimiento funciona en un solo sentido.
Solo sí es sí. Pero las feministas clásicas que pertenecen al PSOE y critican sin tapujos la «ley trans» se verán obligadas a dar su consentimiento, les guste o no, o resistirse hasta el final, aunque les cueste la militancia. Según un documento interno del PSOE que ha llegado a la prensa, hay voces dentro del partido que reclaman que se censure, expediente o expulse a las militantes que rechazan la «ley trans». Como suele ocurrir en estos casos, en vez de debatir, se les acusa de “tránsfobas”, e incluso de “misóginas” y de culpables de “delitos de odio”. Esto sí que es consentimiento a mano armada.
Fuente: Aceprensa.El Sonar
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