El Constitucional avala la legalidad de las subvenciones a centros de educación diferenciada

Por ocho votos a cuatro, desestima el recurso de inconstitucionalidad que interpuso el PSOE contra la LOMCE.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado por mayoría de ocho votos el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el PSOE sobre la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce).
De esta manera, como adelantó ABC, el tribunal avala que se subvencione con dinero público a los colegios con educación diferenciada por sexo. La sentencia, de la que sólo se ha conocido el fallo, cuenta con el voto particular de cuatro magistrados.
El Grupo Socialista del Congreso recurrió en marzo de 2014 varios puntos de la Lomce, como la financiación pública de la educación separada por sexos, la «segregación» de los alumnos en itinerarios académicos o que la asignatura de Religión tenga una alternativa obligatoria, por lo que volvía a evaluar para la media.

La separación de los alumnos por sexos era uno de los aspectos más polémicos de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), reforma promovida por el exministro José Ignacio Wert. En concreto, el apartado 3 del artículo 84 de la ley, que señala que «no constituye discriminación la admisión de alumnos y alumnas o la organización de la enseñanza diferenciadas por sexos» y que la elección de esta educación no puede implicar «en ningún caso» un trato «menos favorable».

Junto con la educación diferenciada, los socialistas dudaban también de que sea constitucional eliminar la participación en el consejo escolar de profesores, padres y alumnos para decisiones relacionadas con el despido del profesorado; del sistema establecido para la enseñanza de religión, valores culturales y cívicos y valores éticos, la separación de los alumnos por itinerarios en la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y el régimen de selección y admisión de alumnos a partir del rendimiento académico.

Además del recurso del Grupo Socialista, el TC tiene que resolver también los del Parlamento de Cataluña, el Principado de Asturias, el gobierno de Canarias y la Junta de Andalucía.

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